Estimados miembros,
En los últimos meses hemos recibido numerosas consultas relacionadas con la importación de sellos y objetos filatélicos a los Estados Unidos. Por ello, deseamos aclarar el marco legal aplicable, las dificultades encontradas en 2025 y la situación actual.
¿Qué normativa se aplica a los objetos filatélicos?
La importación de sellos, sobres de primer día y otros objetos filatélicos en los Estados Unidos está regulada por la normativa aduanera estadounidense, a través del Harmonized Tariff Schedule of the United States (HTSUS).
Estos objetos se clasifican bajo el código HTSUS 9704, que incluye, entre otros, obras de arte y piezas de colección, incluido el material filatélico. Tradicionalmente, esta categoría se beneficia de una exención de derechos de aduana en la importación.
¿Qué ocurrió en 2025?
En 2025, una interpretación de las autoridades aduaneras estadounidenses dio lugar, de manera inesperada, a la aplicación de derechos de aduana sobre determinados envíos de objetos filatélicos.
Esta situación se enmarcó en un contexto más amplio de nuevas medidas comerciales y de aranceles específicos para determinados países. Provocó varias consecuencias para vendedores y coleccionistas:
- costes adicionales de importación,
- retrasos o bloqueos de envíos,
- una gran incertidumbre en el comercio internacional.
La comunidad filatélica se movilizó especialmente, en particular de cara a la exposición internacional Boston 2026.
¿Cuál es la situación actual?
En el otoño de 2025, tras una revisión de la situación, las autoridades aduaneras estadounidenses anularon la decisión anterior, al ser declarada nula desde su origen.
Se confirmó oficialmente que los objetos clasificados bajo el código HTSUS 9704 son nuevamente importables en los Estados Unidos sin derechos de aduana.
Por lo tanto, el régimen aplicable antes de 2025 ha sido plenamente restablecido para el material filatélico.
¿Qué objetos están incluidos?
Están incluidos en esta exención:
- sellos postales y fiscales,
- pliegos y sobres de primer día,
- papelería postal,
- matasellos y cancelaciones,
- objetos filatélicos de colección, nuevos o usados.
Estos objetos deben describirse y declararse correctamente como material filatélico de colección. Es posible que se le solicite utilizar el código aduanero correcto (9704).
Le recomendamos ponerse en contacto con su administración postal para obtener más información.
¿Qué no está incluido en esta medida?
- documentos o soportes de carácter financiero (cheques, títulos, valores),
- objetos que correspondan a otro código aduanero,
- mercancías que no correspondan a una actividad de colección.
Seguiremos supervisando la evolución de la normativa y le informaremos en caso de cualquier modificación.